Cuando nos decantamos por la opción de una vivienda de alquiler, tenemos que saber que tenemos uno derechos, pero que también tenemos unas obligaciones que cumplir. Todas ellas están recogidas en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y como sabemos que las leyes son un poco tediosas de leer, os hemos hecho un pequeño resumen con los derechos y obligaciones mas importantes.
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Derechos del inquilino en la vivienda de alquiler
Duración del contrato y prorrogas
La ley dice que la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes, es decir, puede ser un contrato de alquiler de 6 meses. Si la duración del contrato es inferior a 5 años llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años. En el caso de que el arrendatario no quiera renovar el contrato, debe manifestarlo al arrendador, con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas.
A raíz de la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque firme un contrato de alquiler de un año, se puede dar por terminado a los 6 meses, siempre que se comunique al arrendador con una antelación mínima de 1 mes.
Hay una excepción a la prorroga a partir del primer año, que dice que una vez transcurrido el primer año de duración del contrato, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de 5 años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Una vez transcurridos esos 5 años de duración si no se hubiese notificado la voluntad de no renovar el contrato, al menos con 4 meses de antelación en el caso del arrendador y al menos con 2 meses de antelación en el caso del arrendatario, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de 3 años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con 1 mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Adquisición preferente de la vivienda
Si el propietario o arrendador tiene intención de vender la vivienda mientras estamos de alquiler, tenemos que saber que tenemos derecho de preferencia para comprarla. Esto no será valido si hemos acorado lo contrario en el contrato de alquiler.
Reparaciones y reformas en la vivienda de alquiler
Este punto es el que mas conflicto genera entre los propietarios y los inquilinos. Saber quien tiene que pagar algo siempre genera diferencias de opinión, pero la ley está bastante clara. ¿Cuándo tiene que pagar el arrendador? Cuando se trata de reparaciones por desgaste de varios años o antigüedad de las instalaciones, estas sí le corresponden al casero para garantizar unas condiciones óptimas de habitabilidad.
Además, el inquilino tiene derecho de hacer reformas en la vivienda alquilada en caso de discapacidad propia o del cónyuge.
Denunciar al casero si entra sin permiso en la vivienda
En una vivienda de alquiler, el arrendador no deja de ser el propietario, pero eso no le da derecho a poder entrar en la vivienda cuando quiera. Solo hay dos supuestos en los que el arrendador puede entrar en la vivienda alquilada.
- Si el propietario dispone de autorización del arrendatario para poder entrar en la vivienda
- Cuando se dispone de una autorización judicial para acceder a la vivienda de alquiler
Devolución de la fianza
Una vez finalizado el contrato de alquiler, siempre que no haya daños en la vivienda ni quede algún tipo pago pendiente, el inquilino tiene derecho a la devolución de la fianza depositada al inicio del contrato.
Obligaciones del inquilino en la vivienda de alquiler
Depositar la fianza legalmente establecida
A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad. Esta fianza es una especie de seguro, que tal y como hemos dicho antes, se devuelve al final del contrato.
Abonar el alquiler y los gastos
Lo mas importante en un contrato de alquiler es pagar el alquiler y los suministros. Estos últimos recomendamos que se cambien de titular y domicilien a nombre del inquilino, así el arrendador, se evitará futuros problemas de impagos. Según nos dice la ley el pago deberá efectuarse (salvo pacto en contrario) durante los primeros 7días del mes. Este pago se deberá realizar en el lugar y por el procedimiento acordado por ambas partes (transferencia bancaria, metálico…).
Reparaciones en la vivienda de alquiler
El inquilino será responsable de las pequeñas reparaciones por el desgaste del uso diario de la vivienda, así como de los deterioros causados por su culpa o negligencia o de sus allegados.
Dejar la vivienda en las mismas condiciones
El propietario entrega al inquilino una vivienda en unas condiciones, por lo tanto, una vez se termine el contrato se tiene la obligación de dejar la vivienda en las mismas condiciones que tenía cuando entró a vivir en ella. En caso contrario, se podría perder la fianza depositada.
Informar sobre las obras en la vivienda de alquiler
El arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda. En ningún caso el arrendatario podrá realizar obras que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la vivienda.
No realizar actividades peligrosas
El inquilino tiene la obligación de no llevar a cabo actividades molestas, ilegales, nocivas o peligrosas.
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